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	<title>Comentarios en: Un análisis sobre el Fondo del Bicentenario</title>
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	<description>La Cámpora en la Facultad de Derecho - UBA</description>
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		<title>Por: Leandro</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-1505</link>
		<dc:creator>Leandro</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 29 Mar 2010 19:00:12 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nbi.org.ar/?p=371#comment-1505</guid>
		<description>Gracias por la info!
Tendensioso o no.... Oficialista o no.... Yo haré mi propia evaluación.
Ricardo... concidero que el efecto de la propagando política impulsada por algunos medios está dando su resultado en vos.
Estaría bueno que puedas recibir información variada, aceptar distintos puntos de vista y llegar vos a tus propias conclusiones.
Saludos!!!</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por la info!<br />
Tendensioso o no&#8230;. Oficialista o no&#8230;. Yo haré mi propia evaluación.<br />
Ricardo&#8230; concidero que el efecto de la propagando política impulsada por algunos medios está dando su resultado en vos.<br />
Estaría bueno que puedas recibir información variada, aceptar distintos puntos de vista y llegar vos a tus propias conclusiones.<br />
Saludos!!!</p>
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	</item>
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		<title>Por: NBI</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-1172</link>
		<dc:creator>NBI</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 15 Mar 2010 01:18:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nbi.org.ar/?p=371#comment-1172</guid>
		<description>Hola. Primero que nada nos gustaría empezar por el final de tu comentario, es decir, aclarando nuestra posición jurídica en relación a lo que planteás acerca de la incumbencia del Poder Ejecutivo sobre competencias inherentes al Poder Legislativo. Finalmente hacemos una breve valoración sobre tu inconformidad con que plantiemos debates que no se circunscriben exclusivamente a temas de órden burocrático de nuestra querida facultad.  


A partir de la reforma constitucional de 1994, los DNU pasaron a estar previstos en nuestra Carta Magna. A su respecto, los DNU son considerados una atribución constitucional a cargo del Poder Ejecutivo Nacional que se encuentra contemplada en el Art. 99 inc. 3 de la Carta Magna: El PEN “participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar. El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicamental Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras (…) Acto seguido, la norma constitucional dispone que “Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso”. Dicha ley no fue sancionada ni por el gobierno de Menem ni por el gobierno de De la Rúa con la clara intencionalidad de no encontrar un límite legislativo a las políticas privatizadoras de los 90.  
 
Fue durante el gobierno de Kirchner que se cumplió con el requerimiento constitucional de limitar esta atribución presidencial. El 20 de julio de 2006 se sancionó la ley 26.122 que tiene por objeto regular el trámite y los alcances de la intervención del Congreso respecto de los decretos de necesidad y urgencia, los decretos por delegación legislativa, y los decretos de promulgación parcial de leyes. 
 
Como dispone el artículo 3 de la ley 26.122, la Comisión Bicameral Permanente está integrada por 8 diputados y 8 senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas. La Comisión Bicameral Permanente, que posee un plazo de 10 días hábiles para hacerlo, se expide acerca de la validez del decreto y eleva un dictamen al plenario de cada Cámara. 
 
El Artículo 24 dispone que el rechazo de ambas Cámaras del Congreso del decreto implica su derogación. Esto significa que bastará con que una de las Cámaras (de diputados o de senadores) no derogue el decreto para que el mismo quede ratificado por el Poder Legislativo.  Es importante dejar en claro que el artículo 17 de la ley establece que los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en base a las atribuciones conferidas por los artículos 76, 99 inc 3, y 80 de la Constitución Nacional, tienen plena vigencia de conformidad a lo establecido en el artículo 2º del Código Civil. Esto significa que hasta que el Congreso no se expida el DNU debe ser considerado como una ley y tiene plena vigencia. 
 
Sería irracional que la justicia pudiera impedir que el DNU cree los efectos jurídicos para el cual fue creado en tanto y en cuanto el Congreso no realice el control, dado que la justificación de su existencia radica en las “circunstancias excepciones que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos”.  No obstante ello, nada impide que la justicia realice el control de constitucionalidad de carácter difuso que le compete si un decreto viola derechos constitucionales. 
 
En el caso del FONBI (Fondo del Bicentenario), no existe un decreto que viole derechos individuales de ningún tipo (como sí pudiera verse en los “leading case” Peralta y Verrochi) sino un acto soberano dirigido a administrar los fondos públicos. Se trata de un acto de administración estatal no justiciable pese a la pretensión de constitucionalistas y jueces comprometidos con la ideología neo-liberal (Cassagne, Zarini, Dromi, etcétera) de que todo acto del ejecutivo sea analizado por la siempre conservadora corporación judicial. Claro que el Dr. Dromi -como funcionario menemista- jamás impugnó los decretos que privatizaban empresas, ya que él mismo fue su brazo impulsor. He ahí el gran engaño.  Cable aclarar que por imperio del Art. 99 inc. 1 el Presidente de la Nación es el “responsable político de la administración general del país”. No obstante ello, el Art. 75 inc.  7 dispone que es al Congreso al que le corresponde “arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación”.  

Nuestra posición entonces es clara, debe ser el Congreso quién decida finalmente si el acto del Poder Ejecutivo debe ser ratificado o no. Lo que no compartimos es la interferencia del Poder Judicial en las acciones soberanas de un gobierno elegido democráticamente cuando no se afectan derechos constitucionales, sino que muy por el contrario, se los protege y amplía. Tal es el caso de la nueva ley de medios, una lucha que excedió plenamente al kirchnerismo y que organizaciones sociales vienen reclamando hace más de dos décadas y que luego de sancionada un sólo juez pudo frenarla con una acción cautelar que favorece al Grupo Clarín y deja por el piso a la libertad de prensa. 

En tanto a lo otro que mencionás, lamentamos mucho si el hecho de que expresemos nuestras posturas políticas de una forma honesta y abierta te genere algún tipo de decepción. Nosotros vamos a seguir como siempre luchando por los intereses gremiales de nosotros, los estudiantes, frente a las injusticias que muchas veces cometen las autoridades de la facultad. Ese es un rol muy importante de una agrupación y lo vamos a defender a capa y espada porque es defendernos a nosotros mismos. Pero justo es decir que opinamos que una agrupación política no debe limitarse a eso, ya que tenemos ganas de debatir los grandes problemas nacionales en los cuales nosotros desde nuestro rol universitario tenemos mucho para decir. Estás bienvenida a compartir o disentir ante cada tema, con el respeto que garantiza un debate de ideas democrático y donde todos podamos escucharnos libremente y sin ningún tipo de prejuicios.

Esperamos seguir en contacto con vos. Estás invitada a las reuniones abiertas los miércoles a las 20hs donde siempre discutimos estos temas en un marco de cordialidad y buena onda. Es importante que los estudiantes intervengamos más con nuestra visión de las cosas. 

Un afectuoso saludo.   

NBI</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola. Primero que nada nos gustaría empezar por el final de tu comentario, es decir, aclarando nuestra posición jurídica en relación a lo que planteás acerca de la incumbencia del Poder Ejecutivo sobre competencias inherentes al Poder Legislativo. Finalmente hacemos una breve valoración sobre tu inconformidad con que plantiemos debates que no se circunscriben exclusivamente a temas de órden burocrático de nuestra querida facultad.  </p>
<p>A partir de la reforma constitucional de 1994, los DNU pasaron a estar previstos en nuestra Carta Magna. A su respecto, los DNU son considerados una atribución constitucional a cargo del Poder Ejecutivo Nacional que se encuentra contemplada en el Art. 99 inc. 3 de la Carta Magna: El PEN “participa de la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, las promulga y hace publicar. El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos, podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros. El jefe de gabinete de ministros personalmente y dentro de los diez días someterá la medida a consideración de la Comisión Bicamental Permanente, cuya composición deberá respetar la proporción de las representaciones políticas de cada Cámara. Esta comisión elevará su despacho en un plazo de diez días al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, el que de inmediato considerarán las Cámaras (…) Acto seguido, la norma constitucional dispone que “Una ley especial sancionada con la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara regulará el trámite y los alcances de la intervención del Congreso”. Dicha ley no fue sancionada ni por el gobierno de Menem ni por el gobierno de De la Rúa con la clara intencionalidad de no encontrar un límite legislativo a las políticas privatizadoras de los 90.  </p>
<p>Fue durante el gobierno de Kirchner que se cumplió con el requerimiento constitucional de limitar esta atribución presidencial. El 20 de julio de 2006 se sancionó la ley 26.122 que tiene por objeto regular el trámite y los alcances de la intervención del Congreso respecto de los decretos de necesidad y urgencia, los decretos por delegación legislativa, y los decretos de promulgación parcial de leyes. </p>
<p>Como dispone el artículo 3 de la ley 26.122, la Comisión Bicameral Permanente está integrada por 8 diputados y 8 senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas. La Comisión Bicameral Permanente, que posee un plazo de 10 días hábiles para hacerlo, se expide acerca de la validez del decreto y eleva un dictamen al plenario de cada Cámara. </p>
<p>El Artículo 24 dispone que el rechazo de ambas Cámaras del Congreso del decreto implica su derogación. Esto significa que bastará con que una de las Cámaras (de diputados o de senadores) no derogue el decreto para que el mismo quede ratificado por el Poder Legislativo.  Es importante dejar en claro que el artículo 17 de la ley establece que los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en base a las atribuciones conferidas por los artículos 76, 99 inc 3, y 80 de la Constitución Nacional, tienen plena vigencia de conformidad a lo establecido en el artículo 2º del Código Civil. Esto significa que hasta que el Congreso no se expida el DNU debe ser considerado como una ley y tiene plena vigencia. </p>
<p>Sería irracional que la justicia pudiera impedir que el DNU cree los efectos jurídicos para el cual fue creado en tanto y en cuanto el Congreso no realice el control, dado que la justificación de su existencia radica en las “circunstancias excepciones que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos”.  No obstante ello, nada impide que la justicia realice el control de constitucionalidad de carácter difuso que le compete si un decreto viola derechos constitucionales. </p>
<p>En el caso del FONBI (Fondo del Bicentenario), no existe un decreto que viole derechos individuales de ningún tipo (como sí pudiera verse en los “leading case” Peralta y Verrochi) sino un acto soberano dirigido a administrar los fondos públicos. Se trata de un acto de administración estatal no justiciable pese a la pretensión de constitucionalistas y jueces comprometidos con la ideología neo-liberal (Cassagne, Zarini, Dromi, etcétera) de que todo acto del ejecutivo sea analizado por la siempre conservadora corporación judicial. Claro que el Dr. Dromi -como funcionario menemista- jamás impugnó los decretos que privatizaban empresas, ya que él mismo fue su brazo impulsor. He ahí el gran engaño.  Cable aclarar que por imperio del Art. 99 inc. 1 el Presidente de la Nación es el “responsable político de la administración general del país”. No obstante ello, el Art. 75 inc.  7 dispone que es al Congreso al que le corresponde “arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación”.  </p>
<p>Nuestra posición entonces es clara, debe ser el Congreso quién decida finalmente si el acto del Poder Ejecutivo debe ser ratificado o no. Lo que no compartimos es la interferencia del Poder Judicial en las acciones soberanas de un gobierno elegido democráticamente cuando no se afectan derechos constitucionales, sino que muy por el contrario, se los protege y amplía. Tal es el caso de la nueva ley de medios, una lucha que excedió plenamente al kirchnerismo y que organizaciones sociales vienen reclamando hace más de dos décadas y que luego de sancionada un sólo juez pudo frenarla con una acción cautelar que favorece al Grupo Clarín y deja por el piso a la libertad de prensa. </p>
<p>En tanto a lo otro que mencionás, lamentamos mucho si el hecho de que expresemos nuestras posturas políticas de una forma honesta y abierta te genere algún tipo de decepción. Nosotros vamos a seguir como siempre luchando por los intereses gremiales de nosotros, los estudiantes, frente a las injusticias que muchas veces cometen las autoridades de la facultad. Ese es un rol muy importante de una agrupación y lo vamos a defender a capa y espada porque es defendernos a nosotros mismos. Pero justo es decir que opinamos que una agrupación política no debe limitarse a eso, ya que tenemos ganas de debatir los grandes problemas nacionales en los cuales nosotros desde nuestro rol universitario tenemos mucho para decir. Estás bienvenida a compartir o disentir ante cada tema, con el respeto que garantiza un debate de ideas democrático y donde todos podamos escucharnos libremente y sin ningún tipo de prejuicios.</p>
<p>Esperamos seguir en contacto con vos. Estás invitada a las reuniones abiertas los miércoles a las 20hs donde siempre discutimos estos temas en un marco de cordialidad y buena onda. Es importante que los estudiantes intervengamos más con nuestra visión de las cosas. </p>
<p>Un afectuoso saludo.   </p>
<p>NBI</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Gonzalo Barboza</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-797</link>
		<dc:creator>Gonzalo Barboza</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Mar 2010 12:44:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nbi.org.ar/?p=371#comment-797</guid>
		<description>Es una pena que teniendo tanta capacidad e inteligencia como ha demostrado esta agrupacion, este demoliendo los mismos cimientos que le dieron la esperanza al alumnado de la facultad de un cambio para bien. 
Entiendo que la agrupacion tenga una postura politica, sin embargo, si mal no recuerdo, la idea era ser una agrupacion independiente. Entonces, el hecho de que la agrupacion tenga ideas sobre que esta bien y que esta mal, politicamente hablando, me parece perfecto, pero ya que se utilicen elementos que son utilizados por muchos estudiantes en busqueda de informacion para exponer ideas como esta, sin ningun tipo de analisis critico (porque, admitamoslo, no tiene ningun analisis critico la nota) es verdaderamente una traicion a los mismos ideales que compre durante varias elecciones. Por el hecho de utilizar una herramienta de informacion y convertirla en herramienta de propaganda. A discutir sobre la conveniencia, legalidad y oportunidad del ya derogado DNU a la facultad muchachos, aqui muchos venimos a buscar informacion sobre inscripciones, mesas de examen y demas.

Aclaro que no comparto la idea del Fondo del Bicentenario ni el DNU que derogo al mismo, por el simple hecho de que se me enseño que el poder Lejislativo es quien tiene la facultad de legislar, no el ejecutivo.

Saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es una pena que teniendo tanta capacidad e inteligencia como ha demostrado esta agrupacion, este demoliendo los mismos cimientos que le dieron la esperanza al alumnado de la facultad de un cambio para bien.<br />
Entiendo que la agrupacion tenga una postura politica, sin embargo, si mal no recuerdo, la idea era ser una agrupacion independiente. Entonces, el hecho de que la agrupacion tenga ideas sobre que esta bien y que esta mal, politicamente hablando, me parece perfecto, pero ya que se utilicen elementos que son utilizados por muchos estudiantes en busqueda de informacion para exponer ideas como esta, sin ningun tipo de analisis critico (porque, admitamoslo, no tiene ningun analisis critico la nota) es verdaderamente una traicion a los mismos ideales que compre durante varias elecciones. Por el hecho de utilizar una herramienta de informacion y convertirla en herramienta de propaganda. A discutir sobre la conveniencia, legalidad y oportunidad del ya derogado DNU a la facultad muchachos, aqui muchos venimos a buscar informacion sobre inscripciones, mesas de examen y demas.</p>
<p>Aclaro que no comparto la idea del Fondo del Bicentenario ni el DNU que derogo al mismo, por el simple hecho de que se me enseño que el poder Lejislativo es quien tiene la facultad de legislar, no el ejecutivo.</p>
<p>Saludos.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: NBI</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-336</link>
		<dc:creator>NBI</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Feb 2010 16:47:43 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nbi.org.ar/?p=371#comment-336</guid>
		<description>Francisco
Si nos van a comer aclaramos que no queremos que nos pongan Ketchup.  Nuestra posición es de apoyo por lo expresado en el informe que realizamos. Justamente, el fondo tiende al “desendeudamiento” y no al “endeudamiento”. La quita del 75% en la negociación del 2005 ha sido histórica y si aún luego de ello, sectores progresistas piden cuestionar la ilegitimidad de una parte de la deuda externa, nosotros apoyamos eso pero en el marco de una racionalidad que no nos lleve al “default” del 2001, que produjo  una crisis económica fenomenal que los primeros que pagaron fueron los sectores populares, con hambre y miseria. Consideramos que el pueblo argentino pagaría injustamente la deuda si no se usan las reservas en este momento inútiles que se acumularon a través del modelo económico vigente, porque los fondos en ese caso provendrían del presupuesto nacional que tendría que ser orientado al desarrollo social. Cancelar deuda anticipada y canjearla por otra a tasas menores es algo que hacen desde China hasta EE.UU (todo un arco ideológico tenés ahí, de oriente a occidente, del socialismo al capitalismo). ¡Argentina hasta el 2003 canjeaba deuda cara por otra deuda más cara! Primero la dictadura, después Alfonsín, después el Innombrable, después De la Ruina, todos hicieron lo mismo… menos este gobierno. Es difícil ver quien sale beneficiado con eso, seguro que el pueblo argentino no. Si la deuda externa constituía en el 2003 el 152% de nuestro PBI y hoy sólo constituye el 40%, entonces… algo se hizo bien… ALGO por lo menos, se hizo bien. Es interesante para seguir debatiéndolo, pero por favor,  no nos pongan entre dos panes porque no somos panchos. Y lo único que se come crudo, es el sushi. Pero nosotros le damos a la pizza y al ferné. Un saludo sincero y de corazón.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Francisco<br />
Si nos van a comer aclaramos que no queremos que nos pongan Ketchup.  Nuestra posición es de apoyo por lo expresado en el informe que realizamos. Justamente, el fondo tiende al “desendeudamiento” y no al “endeudamiento”. La quita del 75% en la negociación del 2005 ha sido histórica y si aún luego de ello, sectores progresistas piden cuestionar la ilegitimidad de una parte de la deuda externa, nosotros apoyamos eso pero en el marco de una racionalidad que no nos lleve al “default” del 2001, que produjo  una crisis económica fenomenal que los primeros que pagaron fueron los sectores populares, con hambre y miseria. Consideramos que el pueblo argentino pagaría injustamente la deuda si no se usan las reservas en este momento inútiles que se acumularon a través del modelo económico vigente, porque los fondos en ese caso provendrían del presupuesto nacional que tendría que ser orientado al desarrollo social. Cancelar deuda anticipada y canjearla por otra a tasas menores es algo que hacen desde China hasta EE.UU (todo un arco ideológico tenés ahí, de oriente a occidente, del socialismo al capitalismo). ¡Argentina hasta el 2003 canjeaba deuda cara por otra deuda más cara! Primero la dictadura, después Alfonsín, después el Innombrable, después De la Ruina, todos hicieron lo mismo… menos este gobierno. Es difícil ver quien sale beneficiado con eso, seguro que el pueblo argentino no. Si la deuda externa constituía en el 2003 el 152% de nuestro PBI y hoy sólo constituye el 40%, entonces… algo se hizo bien… ALGO por lo menos, se hizo bien. Es interesante para seguir debatiéndolo, pero por favor,  no nos pongan entre dos panes porque no somos panchos. Y lo único que se come crudo, es el sushi. Pero nosotros le damos a la pizza y al ferné. Un saludo sincero y de corazón.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: NBI</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-335</link>
		<dc:creator>NBI</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Feb 2010 16:46:44 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nbi.org.ar/?p=371#comment-335</guid>
		<description>Hola fanático/a de Los Beatles!  Perdón por el retardo en la respuesta. Es un gusto que votantes históricos de NBI nos hagan las críticas que les parezcan oportunas y justas. Nosotros también somos NBIxtecas  históricos que nos consideramos justos, pero si hay algo que seguramente no somos, es oportunos. Recordamos cuando hace años los medios de comunicación decían que el gobierno tenía “más del 90% de aceptación” y todas las agrupaciones de la facu se peleaban por ver cuál era más kirchnerista… menos nosotros. Ahora resulta ser que para todos los medios masivos y gran parte del conservadurismo criollo el “kirchnerismo” es malo malo malo, malíiiisiiiisimo, pero para nosotros muchísimas medidas de gobierno en los últimos tiempos fueron acertadas:  La recuperación de las AFJP, la Asignación Universal por Hijo, la Ley de Medios Audiovisuales, son solo algunos ejemplos. Estas leyes están destinadas a aumentar la Justicia donde abunda Injusticia. Como decía Rousseau: “En la relación entre desiguales la libertad oprime y la ley libera”.  Somos inoportunos porque justamente no somos oportunistas, y no nos subimos al barco que va para donde empuje el viento. Mucho menos nos bajaríamos de un barco dónde va hacia donde creemos que debe ir. Pero bueno, ya que estamos náuticos, en este país abundan los cartógrafos y faltan marineros. Siempre nos costó, y siempre nos va a costar, defender nuestras ideas por encima de las especulaciones electorales. Es como a ver... un ejemplo náutico, un ejemplo náutico... nadar en el mar y no en una pelopincho!  Y ojo, no queremos que hagas agua en tus apreciaciones. Estas ideas no son “impuestas” ni “individuales” sino tomadas por un colectivo de estudiantes de abogacía que discute política democrática y abiertamente aspirando a defender un Derecho transformador. Somos independientes porque cuando todos decían que debíamos ser kirchneristas no lo eramos, y somos más independientes ahora porque cuando todos dicen que no debemos serlo, lo somos y defendemos un gobierno desestabilizado por las corporaciones que buscan retomar un liberalismo conservador.  Más claro, ¿lo digo o no lo digo? Echále agua. 
Con respecto a la “inconstitucionalidad” del DNU que creó el Fondo del Bicentenario, abrís una discusión muy rica y que esperemos se de abiertamente en las aulas de nuestra querida facultad. Esperemos se de con la amplitud necesaria para aceptar todas las posiciones sin discriminar alguna, y donde prime el argumento como principal espada de la razón. Al respecto, tenemos pensado realizar un informe en relación a  la constitucionalidad de los DNU en un sentido genérico y en un sentido particular para el “caso de marras” (seguimos con la onda náutica viste). Desde el vamos, no compartimos tu categórica posición partidaria de la “inconstitucionalidad”, pero la respetamos. Y sobre todas las cosas, fundamentaremos en Derecho nuestras convicciones. 
 Esperamos tu aporte y que sigas comentando como siempre. NBI entre la popularidad y el prestigio, siempre ha elegido el prestigio. Nada más saludable que discutir el Derecho en una sociedad que hace 200 años se debate hacia donde ir.  Hagámoslo con amor, porque como dice tu correo electrónico y un viejo navegante del arte: All we need is love, love, love..</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola fanático/a de Los Beatles!  Perdón por el retardo en la respuesta. Es un gusto que votantes históricos de NBI nos hagan las críticas que les parezcan oportunas y justas. Nosotros también somos NBIxtecas  históricos que nos consideramos justos, pero si hay algo que seguramente no somos, es oportunos. Recordamos cuando hace años los medios de comunicación decían que el gobierno tenía “más del 90% de aceptación” y todas las agrupaciones de la facu se peleaban por ver cuál era más kirchnerista… menos nosotros. Ahora resulta ser que para todos los medios masivos y gran parte del conservadurismo criollo el “kirchnerismo” es malo malo malo, malíiiisiiiisimo, pero para nosotros muchísimas medidas de gobierno en los últimos tiempos fueron acertadas:  La recuperación de las AFJP, la Asignación Universal por Hijo, la Ley de Medios Audiovisuales, son solo algunos ejemplos. Estas leyes están destinadas a aumentar la Justicia donde abunda Injusticia. Como decía Rousseau: “En la relación entre desiguales la libertad oprime y la ley libera”.  Somos inoportunos porque justamente no somos oportunistas, y no nos subimos al barco que va para donde empuje el viento. Mucho menos nos bajaríamos de un barco dónde va hacia donde creemos que debe ir. Pero bueno, ya que estamos náuticos, en este país abundan los cartógrafos y faltan marineros. Siempre nos costó, y siempre nos va a costar, defender nuestras ideas por encima de las especulaciones electorales. Es como a ver&#8230; un ejemplo náutico, un ejemplo náutico&#8230; nadar en el mar y no en una pelopincho!  Y ojo, no queremos que hagas agua en tus apreciaciones. Estas ideas no son “impuestas” ni “individuales” sino tomadas por un colectivo de estudiantes de abogacía que discute política democrática y abiertamente aspirando a defender un Derecho transformador. Somos independientes porque cuando todos decían que debíamos ser kirchneristas no lo eramos, y somos más independientes ahora porque cuando todos dicen que no debemos serlo, lo somos y defendemos un gobierno desestabilizado por las corporaciones que buscan retomar un liberalismo conservador.  Más claro, ¿lo digo o no lo digo? Echále agua.<br />
Con respecto a la “inconstitucionalidad” del DNU que creó el Fondo del Bicentenario, abrís una discusión muy rica y que esperemos se de abiertamente en las aulas de nuestra querida facultad. Esperemos se de con la amplitud necesaria para aceptar todas las posiciones sin discriminar alguna, y donde prime el argumento como principal espada de la razón. Al respecto, tenemos pensado realizar un informe en relación a  la constitucionalidad de los DNU en un sentido genérico y en un sentido particular para el “caso de marras” (seguimos con la onda náutica viste). Desde el vamos, no compartimos tu categórica posición partidaria de la “inconstitucionalidad”, pero la respetamos. Y sobre todas las cosas, fundamentaremos en Derecho nuestras convicciones.<br />
 Esperamos tu aporte y que sigas comentando como siempre. NBI entre la popularidad y el prestigio, siempre ha elegido el prestigio. Nada más saludable que discutir el Derecho en una sociedad que hace 200 años se debate hacia donde ir.  Hagámoslo con amor, porque como dice tu correo electrónico y un viejo navegante del arte: All we need is love, love, love..</p>
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	<item>
		<title>Por: Ricardo Ninguni</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-292</link>
		<dc:creator>Ricardo Ninguni</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 13 Feb 2010 14:33:00 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.nbi.org.ar/?p=371#comment-292</guid>
		<description>che ¿acaso les impusieron dejar un comentario tal como este?, ¿no es que son independientes? pues si así lo fueran podrían simpatizar con la medida del gobierno pero no publicar algo tan tendencioso como lo escrito arriba donde optan por no expresar las violaciones constitucionales en las  que se incurrieron al dictar el DNU. No hablo de cuestiones que dan un amplio espacio a la hermeneútica, estudiantes de abogacia no pueden hacerse los tontos con una violación tan grande, o son oficialistas totalmente consecuentes a su lider o son unos ignorantes que desconocen la Constitución y su más simple interpretación. Igualmente da lo mismo, están sacrificando el poco prestigio que les quedaba...siempre tuvieron como bandera ser independientes y fijense que en el punto 8 dice &quot;¿Cuál es la estrategia de la oposición?&quot;, es decir, que ustedes son el oficialismo que defiende la medida (este tipo de razonamiento  simple es el que ustedes omiten al no hablar de la inconstitucionalidad de la medida). Ya de independientes no les queda ni el discurso. Saludos, y descancen en paz, a pesar de no compartir sus ideas me parecieron una buena oposición hasta que se unieron con IURE, pero ahora creo que ya van a irse disolviendo.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>che ¿acaso les impusieron dejar un comentario tal como este?, ¿no es que son independientes? pues si así lo fueran podrían simpatizar con la medida del gobierno pero no publicar algo tan tendencioso como lo escrito arriba donde optan por no expresar las violaciones constitucionales en las  que se incurrieron al dictar el DNU. No hablo de cuestiones que dan un amplio espacio a la hermeneútica, estudiantes de abogacia no pueden hacerse los tontos con una violación tan grande, o son oficialistas totalmente consecuentes a su lider o son unos ignorantes que desconocen la Constitución y su más simple interpretación. Igualmente da lo mismo, están sacrificando el poco prestigio que les quedaba&#8230;siempre tuvieron como bandera ser independientes y fijense que en el punto 8 dice &#8220;¿Cuál es la estrategia de la oposición?&#8221;, es decir, que ustedes son el oficialismo que defiende la medida (este tipo de razonamiento  simple es el que ustedes omiten al no hablar de la inconstitucionalidad de la medida). Ya de independientes no les queda ni el discurso. Saludos, y descancen en paz, a pesar de no compartir sus ideas me parecieron una buena oposición hasta que se unieron con IURE, pero ahora creo que ya van a irse disolviendo.</p>
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		<title>Por: Fransisco</title>
		<link>http://www.nbi.org.ar/2010/02/un-analisis-sobre-el-fondo-del-bicentenario/comment-page-1/#comment-290</link>
		<dc:creator>Fransisco</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 12 Feb 2010 12:10:18 +0000</pubDate>
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		<description>O sea no comprendo, pretenden pagar la deuda con las reservas del pueblo argentino, a traves del endeudamiento constante, por que es eso lo que se pretende financiar la economia a traves del financiamiento extrajero. Debemos desarrollar orto modelo de pais y es claro que el kirchnerismo encontro su limite, y uds tambien...acaso no eran independientes y ahora en el pj estrctura nefasta, se los van a comer crudo muchachos..</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>O sea no comprendo, pretenden pagar la deuda con las reservas del pueblo argentino, a traves del endeudamiento constante, por que es eso lo que se pretende financiar la economia a traves del financiamiento extrajero. Debemos desarrollar orto modelo de pais y es claro que el kirchnerismo encontro su limite, y uds tambien&#8230;acaso no eran independientes y ahora en el pj estrctura nefasta, se los van a comer crudo muchachos..</p>
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